Estimados(as) Colegas,
Le informamos que el 7 de abril de 2026 se publicó la Ordenanza Inmetro nº 222/2026, que modifica la Ordenanza Inmetro nº 89 de 22 de marzo de 2022. Estos cambios afectan directamente los Requisitos de Evaluación de la Conformidad (REC) para Calentadores de Agua a Gas de tipos instantáneo y acumulación, e impactan los procedimientos de certificación vigentes.
A continuación, se detallan los principales cambios que entrarán en vigor y deberán incorporarse en los documentos y procesos de certificación:
Cambios Principales
• Ensayos Eléctricos Incluidos — Basados en las normas IEC 60335-1:2016 (Ed. 5.2) e IEC 60335-2-102:2017 (Ed. 2.0) para la seguridad eléctrica de aparatos conectados a la red.
• Nuevo Concepto: Diseño Eléctrico Básico (Artículo 4.8) — Se convierte en un parámetro obligatorio para la identificación de la familia, describiendo atributos eléctricos y constructivos esenciales para la seguridad. El formato de familia ahora incluye el campo _PBXXXX al final.
• Cambio en el Modelo 5 de Certificación — Lugar de Recolección en Mantenimiento — La recolección de muestras durante la fase de mantenimiento se realizará exclusivamente en puntos de venta, eliminando la alternancia con recolección en fábrica.
• Ensayos Eléctricos de Rutina Obligatorios Incluidos (Nuevo Anexo G) — Los fabricantes ahora están obligados a realizar en cada aparato: Ensayo de Continuidad de Puesta a Tierra (G.2.2), Ensayo de Rigidez Dieléctrica (G.2.3) y Ensayo Funcional (G.2.4), con registros mantenidos y verificados por el Organismo de Certificación (OCP) durante las auditorías.
• Aprovechamiento de Ensayos Eléctricos Entre Familias — Los resultados de ensayos de seguridad eléctrica pueden compartirse entre familias que tengan el mismo diseño eléctrico básico y componentes críticos del mismo proveedor.
• Hoja de Especificaciones Técnicas (PET) Actualizada — Anexo B — La Hoja de Especificaciones Técnicas ahora incluirá una sección de Características Eléctricas (clase del aparato, grado de protección IP, tensión, software, interfaces remotas, etc.).
• Plazos Transitorios — A partir del 31 de diciembre de 2028, los fabricantes nacionales e importadores solo podrán comercializar calentadores a gas en conformidad con la Ordenanza definitiva resultante de la Consulta Pública nº 33/2025. A partir del 31 de diciembre de 2030, lo mismo aplica para minoristas y mayoristas.
Seminario Web Interno — Aclaraciones sobre la Nueva Ordenanza
Para auxiliar a nuestros clientes en la implementación de estos cambios, realizaremos un seminario web exclusivo:
• Fecha: 8 de julio de 2026
• Hora: 10:00 AM
• Público: Clientes de Bureau Veritas
• Registro: Haga clic aquí para registrarse (only in Portuguese)
En esta sesión, abordaremos:
✓ Explicación detallada de los cambios
✓ Impactos en los procesos de certificación
✓ Cronograma de implementación
✓ Preguntas y aclaraciones
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